La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó el miércoles al presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de emitir manifestaciones de índole electoral y eliminar las declaraciones que hizo sobre el tema en su conferencia matutina del 15 de mayo.
Por unanimidad, los magistrados del Tribunal Electoral revocaron el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), el cual se negó a emitir medidas cautelares contra López Obrador tras una denuncia del Partido Acción Nacional (PAN).
El PAN denunció al presidente López Obrador por referirse a los partidos de oposición como “bloque conservador” y mencionar una lista de sus posibles candidatos a la presidencia de México.
Ante ello, el partido consideró que las declaraciones afectan la equidad en los procesos electorales locales en curso, así como las del próximo año, por lo que solicitó al INE dictar medidas cautelares contra López Obrador.
Sin embargo, el INE negó emitir medidas al considerar que los dichos del presidente están amparados por la libre expresión y constituyen una opinión respecto de posibles candidatos a la presidencia del país, lo cual no se relaciona con los procesos electorales actuales, de Coahuila y del Estado de México.
También señaló que el proceso electoral del 2024 aún no ha iniciado, por lo que no había urgencia para emitir medidas.
En contraste, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propuso revocar el acuerdo del INE y declaró procedentes las medidas cautelares, al señalar que las manifestaciones de López Obrador sí estuvieron vinculados con llamamientos al voto y a no votar por determinadas fuerzas políticas, lo que podría influir en los procesos electorales locales que trascurren.
Con información Latinus.
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