Red por la defensa de los derechos digitales lo había adelantado, pero ahora es oficial: «No al Padrón» es la plataforma gratuita para que cualquier persona pueda tramitar un amparo en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, PANAUT, el controvertido padrón que al estilo del extinto RENAUT, pretende agrupar CURPs, con datos personales y biométricos para tener una base de datos a nivel nacional.
La plataforma en cuestión está en el sitio noalpadron.mx en donde las personas interesadas en tramitar un amparo podrán llenar un formulario con su información.
A los interesados se les pedirá su nombre completo, un correo electrónico, y se les preguntará si tienen una e-firma vigente. En caso de que la respuesta sea positiva a esta última, se permitirá que el interesado envíe su demanda vía electrónica, pero en caso de no tenerla o que no esté vigente, la demanda de amparo se puede presentar de forma presencial o por correo certificado.
Las tres vías
Una vez completados los datos el documento se descarga ya con el nombre del solicitante. A partir de aquí las posibles son tres vías:
- Entregar la demanda de forma presencial para lo que se instruye a imprimir seis juegos del documento, y firmarlos todos. Si se trata de un usuario de pospago se debe anexar un documento que lo compruebe. El paquete se entrega en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones y del Centro Auxiliar de la Primera Región.
- Entregar la demanda por correo certificado para lo que se deberán imprimir cinco juegos de la demanda y firmar todos los tantos. Como en el caso anterior, en caso de que se sea un usuario de pospago se debe anexar un documento que lo acredite. Todos los tantos se deben empaquetar en un sobre de burbuja #6 y anotar en él la dirección postal. Debe mandarse también a la oficina de correspondencia y el portal «No al Padrón» dicta la dirección en sus instrucciones.
- Finalmente, la forma más sencilla de enviar la demanda, pero que solo podrán realizar quienes tengan e-firma vigente, es presentarla por internet. La instrucción es registrarse en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación en donde podrá presentarse virtualmente la demanda con ayuda de la e.firma. Como en el caso anterior, las instrucciones detalladas están en noalpadron.mx
En la construcción de la plataforma han participado una decena de organizaciones civiles, entre ellas Social Tic, Article 19, Red TDT y R3D
En todos los casos la descarga del archivo así como las instrucciones del portal son totalmente gratuitas. No debe hacerse ningún pago por seguir los pasos. Los interesados deberán presentar sus demandas de amparo antes del 31 de mayo, fecha límite para presentarlas.
En todos los casos las demandas se acumularán a un solo caso previamente presentado por las organizaciones detrás de la plataforma. De acuerdo al comunicado conjunto de las organizaciones «esto facilitará el seguimiento de la acción legal y brindará visibilidad al esfuerzo colectivo«.
Estos no son los primeros recursos legales en contra del PANAUT: el INAI y el Instituto Federal de Telecomunicaciones han presentado acción de inconstitucionalidad y controversia constitucional para forzar a que la Suprema Corte declare al PANAUT como inconstitucional. Previamente, otros usuarios de telefonía móvil han presentado sus amparos, algunos de los cuales han sido concedidos, mientras que otros no.
El PANAUT fue aprobado por la Cámara de Diputados a finales del año pasado y a mediados de abril por el Senado de la República. Unos días después, el 17 de abril, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación por el presidente de la república y desde entonces expertos han señalado los riesgos de constituir una base de datos con información personal y biométrica de los usuarios, tanto por la seguridad que se necesitaría para salvaguardarla, como por los mecanismos discrecionales a través de los cuales autoridades podrían acceder a la información sin una orden judicial.
.Además, «no existe evidencia de que el registro obligatorio ayude a la reducción de la actividad criminal» se dice desde «No al Padrón», una postura antes sostenida por la GSMA, la organización que representa a la industria de operadores de todo el mundo, ante el Senado.
Un juicio de amparo puede tomar entre seis y nueve meses en decidirse por completo, pero antes de ello un juez puede dictar la suspensión definitiva del acto reclamado, lo que significaría que, de suceder, los demandantes no tendrían que registrarse ante el PANAUT en tanto no se resuelva la demanda colectiva.Volume 90%
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