Luego de que la marca de ropa Dior presentara el pasado 20 de mayo una prenda masculina tsotsil perteneciente a Zinacantán, llamada Pok’u’ul/Pok’u’il, habitantes de ese municipio ubicado en la zona indígena de Los Altos de Chiapas enviaron una carta pública acusando a la empresa de apropiación cultural o plagio de los textiles tradicionales que usan.

En la carta, exigen que Dior no le cambie el nombre a la prenda y reconozca que el diseño no es de su autoría y de ninguno de sus colaboradores; además, piden que el gobierno de México intervenga.

También, denuncian que según Maria Grazia Chiuri -diseñadora de Dior que vino a Chiapas a “inspirarse”-, hubo una supuesta colaboración con un colectivo de bordadoras indígenas, pero este “no se realizó bajo una consulta previa, libre e informada a todo el municipio de Zinacantán, beneficiándose de este hecho una persona y su cooperativa”.

También, refieren que “cualquier persona ajena a la lengua y la cultura de Zinacantán puede comprar, adquirir o usar las prendas de la indumentaria tradicional del pueblo, siempre y cuando no lo haga con fines comerciales y en un marco de respeto al patrimonio cultural”.

Dior presentó la prenda de Zinacantán en su “Colección Crucero 2024”

Dior presentó la prenda de Zinacantán en su “Colección Crucero 2024”, en el Antiguo Colegio de San Ildefonso en la Ciudad de México. Ahí Maria Grazia Chiuri dijo que la colección de prendas fue inspiradas en la cultura mexicana, pero en realidad había textiles artesanales de Oaxaca, Puebla y Chiapas.

Entre las prendas estaba el Pok’u’ul/Pok’u’il, que usan los hombres de Zinacantán. A esta prenda, la diseñadora de Dior le hizo ligeros cambios y mutilaciones: la abertura central es más larga de lo normal, los snich o borlas que cuelgan de los lados y unen cada lado de la prenda fueron cortados a la mitad, y le añadieron un cinturón. “Podemos deducir entonces un claro plagio/apropiación”, refieren.

En su comunicado, los habitantes de Zinacantán, quienes en su vida diaria usan esa prenda, detallan que según Maria Grazia Chiuri la pieza fue hecha en colaboración con artesanos y artesanas de la cooperativa Sna Jolobil en San Cristóbal de Las Casas, y nombra a Pedro Meza, una persona del municipio de Tenejapa, es decir, una persona ajena al municipio de Zinacantán.

Detallan que existe la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas publicada el 17 de enero de 2022 en el Diario Oficial de la Federación; además de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.

En el Artículo 3, Fracción XII de esta ley dice que la apropiación indebida del patrimonio cultural, se define como “la acción de una persona física o moral nacional o extranjera, por medio de la cual se apropia para sí o para un tercero, de uno o más elementos del patrimonio cultural, sin la autorización del pueblo o comunidad indígena o afromexicana…”.

En esta misma ley federal, se detalla que para hacer uso de uno o más elementos del patrimonio cultural de un pueblo originario es importante tener el consentimiento del pueblo y/o de las comunidades a la cual les pertenezca, tal consentimiento debe efectuarse de forma previa e informada, donde los pueblos y comunidades tienen en todo momento el derecho a otorgar o no su consentimiento en el uso de algún elemento de su patrimonio cultural.

“A las y los artesanos y las comunidades de la cultura zinacanteca nos indigna ver este tipo de acciones y denominamos como apropiación cultural lo acontecido, ya que ésta forma parte de nuestro patrimonio cultural y también es un elemento importante en la identidad de nuestro pueblo, tiene una carga histórica, un valor sentimental, ceremonial y hereditario para nosotros y nosotras”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Con información Aristegui noticias.