A partir del segundo trimestre del 2023, el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) quedará cerrado “para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga”.
Por decreto del Presidente Andrés Manuel López Obrador, a partir del segundo trimestre del presente año, el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) quedará cerrado “para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga”, para dar mayor movilidad a las actividades de pasajeros.
A pesar de que, en mayo pasado, luego de una reunión con directores de aerolíneas, la Secretaría de Gobernación aseguró que las operaciones tipo chárter y de carga nacionales migrarían del AICM al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) con la finalidad de generarle mayor actividad, el decreto publicado la noche de este martes en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) no tiene esa precisión.
“Los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el presente decreto, cuentan con un plazo máximo de 90 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reubicar sus operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México”, refiere el documento.
Lo anterior también contrasta con la estrategia de posicionamiento del AIFA del 2022, a cargo de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), que menciona entre sus estrategias de corto plazo que, por decreto Presidencial, se cerraría el AICM a las actividades actuales de carga, en función de la posibilidad del nuevo aeropuerto para recibir dichas operaciones.
La determinación del Presidente de México, que será publicado en los siguientes días en el Diario Oficial de la Federación (DOF), argumenta que derivado de las condiciones de saturación en las que se encuentran los edificios terminales 1 y 2 del AICM, resulta de interés público, generar las condiciones para su adecuada y eficiente operación.
“Es imperioso adoptar las acciones y estrategias para lograr la fluidez, calidad, oportunidad y seguridad en la transportación masiva de pasajeros, en los vuelos nacionales e internacionales”, se explicó.
Reacomodo en AICM
Con base en información del AICM, hay 13 aerolíneas (nacionales e internacionales) dedicadas exclusivamente a ofrecer servicios de carga, entre ellas: Aerounión, Cargolux, MAS, Estafeta, Tampa Cargo, UPS, Cathay Pacific y Emirates SkyCargo.
Por su parte, las aerolíneas que ofrecen servicio de carga en la “panza” de sus aviones de pasajeros podrán mantenerlo, porque el decreto señala: quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros.
Entre los aspectos transitorios del documento se precisa que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, que se instruye a la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) para que actualice las bases generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue (slots) en el aeropuerto, así como, incorporar el decreto en la Publicación de Información Aeronáutica (PIA).
Además, se instruye a la SICT a realizar las acciones necesarias, a fin de revisar y modificar, en su caso, las concesiones del servicio al público de transporte aéreo nacional regular y no regular de carga.
Fuente El Economista.
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